Empleadores tienen beneficios tributarios para generación de empleo a población con discapacidad

Fotografía, Personas con discapacidad visual en el centro cultural del INCI
Edición Número 312

El Instituto Nacional para Ciegos -INCI celebra la presentación de la cartilla “beneficios tributarios para la generación de empleo para grupos vulnerables” que promueve el Gobierno Nacional para contribuir a la reactivación económica en los territorios e incentivar a los empleadores para que creen espacios y vinculen a la población vulnerable, incluida la población con discapacidad visual el país.

En ese orden, ¿cuál es el  beneficio que otorga la normatividad al empleador sea persona natural o jurídica por contratar una persona con discapacidad? De acuerdo con la cartilla presentada por el Ministerio del Trabajo, Prosperidad Social, la DIAN y otras entidades de carácter público y con lo que está estipulado en la Ley 361 de 1.997 artículo 24 y 31, el Decreto reglamentario 1538 de 2005 y Decreto 1625 de 2016, artículo 1.2.1.23.10; el beneficio que se otorga se enmarca en la deducción.
Los beneficiarios de este instrumento son los empresarios que generen nuevos empleos para contratar entre otras poblaciones, personas con discapacidad, siempre que estén debidamente certificados por la autoridad competente.
Los empleadores que contraten personas con discapacidad tienen derecho a deducir de la renta el 200% del valor de los salarios y prestaciones sociales pagados durante el año o período gravable a los trabajadores con discapacidad, mientras esta subsista. Además, la cuota de aprendices a que está obligado a contratar el empleador se disminuirá en un 50%, si los contratados por él son personas con discapacidad comprobada no inferior al 25%.
El requisito que debe acreditar el empleador para acceder al beneficio tributario es que los trabajadores que contrate tengan un porcentaje de nivel de dificultad en el desempeño global y el término del beneficio estará sujeto al tiempo en que la relación contractual subsista, contado a partir de la fecha de inicio de esta.
Los empleadores que vinculen laboralmente personas con discapacidad tendrán las siguientes garantías:
•    Que sean preferidos en igualdad de condiciones en los procesos de licitación, adjudicación y celebración de contratos.
•    Prelación en el otorgamiento de créditos subvenciones de organismos estatales, siempre y cuando estos se orienten al desarrollo de planes y programas que impliquen la participación activa y permanente de personas con discapacidad.
•    El Gobierno fijará las tasas arancelarias a la importación de maquinaria y equipo especialmente adoptados o destinados al manejo de personas con discapacidad.

“Por su parte, el Instituto Nacional para Ciegos -INCI, sigue trabajando por promover la inclusión social de todas las personas con discapacidad y por la garantía de sus derechos. De tal suerte, que la inclusión de las personas con discapacidad se está constituyendo en un antídoto contra la pobreza y la desigualdad, contra la intolerancia y la discriminación de la sociedad y está siendo incorporada a la política pública colombiana”, afirma Carlos Parra Dussan, director del INCI. 
El INCI como entidad técnica asesora, brinda un acompañamiento gratuito de manera individualizada a las entidades de carácter público y privado interesadas en incluir personas con discapacidad visual en su plana de personal. 
Por otro lado, para contribuir con el porcentaje de vinculación laboral de personas con discapacidad, definido en el Decreto 2011 de 2017, el Instituto Nacional para Ciegos -INCI cuenta con una página web de inclusión laboral https://www.inci.gov.co/inclusion-laboral , en la que se publican constantemente las vacantes laborales para la población con discapacidad visual. 
Lo más interesante de esta apuesta por la empleabilidad, continúa Parra Dussan, “es que es una labor de doble vía, porque hombro a hombro, con entidades y empresas interesadas en la contratación de talento humano con discapacidad visual, compartimos conocimientos para asegurar ajustes razonables a la hora de recibir a un colaborador ciego o con baja visión”, enfatiza el director. 

Si usted es empresario o líder de alguna organización y quiere recibir asesoría sobre inclusión laboral por parte del INCI, puede enviar sus inquietudes al correo aciudadano@inci.gov.co