Mis preguntas sobre el voto para los ciegos

Escribo esta editorial de la Revista INCIDigital pensando en las elecciones presidenciales del domingo 19 de mayo, donde más de un millar de personas con discapacidad visual de todo el país, podrán votar con total autonomía gracias a la tarjeta electoral en Braille.
Para tener mayor claridad para ustedes, me he hecho distintas preguntas que yo mismo he contestado para ustedes haciendo claridad de las elecciones para los ciegos.
1. ¿Qué entidad imprime las tarjetas electorales en braille?
El Instituto Nacional para Ciegos-INCI, como entidad del Estado viene elaborando las tarjetas electorales en sistema Braille, con el fin de garantizar que la población con discapacidad visual de todo el país pueda ejercer el derecho al voto de manera autónoma, sin embargo, la responsabilidad de la logística de las elecciones para todos los ciudadanos incluidas las personas con discapacidad son de las entidades electorales, como la Registraduría y el Consejo Nacional Electoral.
2. ¿Se hizo auditoría de la tarjeta electoral en braille?
Sí, efectivamente la misma Registraduría Nacional del Estado Civil el pasado 1 de junio, previo a las elecciones del domingo 19 de junio, realizó una auditoría a la tarjeta electoral en Braille y macrotipo, donde las mismas personas con discapacidad visual constataron que la tarjeta estaba impresa correctamente.
3. ¿Jurídicamente se debe realizar pedagogía electoral para los ciegos?
Sí, recordemos que la Corte Constitucional en la Sentencia T-473 de 2003, señaló que a los ciegos se les debe permitir votar haciendo uso del sistema Braille y le ordenó a la Registraduría Nacional del Estado Civil hacer pedagogía electoral para el voto de los ciegos.
4. ¿El voto en braille es un derecho fundamental para los ciegos?
Claro que sí, la Sentencia T-487 de 2003, en la que el demandante fue el Doctor Carlos Parra Dussan, reiteró que la tarjeta electoral en Braille es un derecho fundamental de las personas con discapacidad visual para ejercer su derecho fundamental al voto de manera autónoma y en secreto.
5. ¿Qué modalidades para votar tienen los ciegos?
Los ciudadanos con discapacidad visual una vez ubicados en el puesto de votación, pueden escoger la forma como van a votar, es decir, si con el uso de tarjeta electoral en braille o con la ayuda de un acompañante, pues de acuerdo con lo consagrado en el artículo 16 de la Ley 163 de 1994.
6. ¿Cómo votan las personas con baja visión?
Una opción que ofrece la tarjeta electoral en braille, es su uso para personas con baja visión, por lo que la tarjeta también fue impresa en macrotipo, es decir en letras convencionales ampliadas, fuente arial tamaño 22 por ser la más clara.
7. ¿Se puede marcar la tarjeta en braille?
No, que buena pregunta, pese a que la tarjeta electoral está en Braille, la marcación la tendrán que hacer con bolígrafo, para que los jurados de votación puedan identificar su elección.
Es decir, que el voto como tal no se marca propiamente en braille, pues no es que los ciegos puedan sacar una pizarra y un punzón para marcar con puntos su elección, en realidad la tarjeta se puede leer en braille, pero se debe marcar con bolígrafo en un recuadro en alto relieve.
8. ¿Se debe marcar siempre con una letra x?
No, no es obligatorio marcar con una (X), pues las personas pueden marcar cualquier signo claramente identificable para el jurado, sin necesidad de escribir la letra antes indicada, en el entendido que los ciegos escriben y leen en braille.
9. ¿Si daño la tarjeta puedo pedir otra?
Claro que sí, si la persona con discapacidad visual considera que marcó mal su tarjeta electoral, o no está seguro, puede pedirle al jurado de mesa que le destruya la anterior y pedir una nueva.
10. ¿Puedo pedirle a los jurados de mesa que me marquen mi preferencia electoral?
No, desde luego que no, recuerde que los jurados de la mesa no pueden marcar el voto por las personas con discapacidad visual, por esto, si no hacen uso de la tarjeta electoral en braille, deben confirmar con tiempo a su propia asistente para que el voto sea confiable.
11. ¿Puedo llevar mi perro guía?
Sí, claro que sí, las personas con discapacidad visual están autorizadas a entrar con sus perros guías, ya que la ley les permite esta excepción por tratarse de animales entrenados para ciegos, distinto a las mascotas que no pueden ingresar a la mesa de votación.
12. ¿Cuál es la conclusión para estas elecciones para los ciegos?
Que el Estado ya garantiza a las personas con discapacidad visual el derecho al voto en braille, por esto se elaboran tarjetas electorales en este sistema, se distribuyen a todos los puestos de votación incluido al exterior y se capacita a los jurados de votación sobre el voto de los ciegos.