Bienvenido al Sistema de Atención al Ciudadano del Instituto Nacional para Ciegos INCI.
En este sistema usted podrá: radicar requerimientos sobre consultas, quejas o reclamos, sugerencias, felicitaciones y trámites y podrá consultar en cualquier momento el estado de los requerimientos registrados de una forma rápida y efectiva.
La entidad cuenta con tres canales para presentar sus (PQR): Punto de atención presencial, línea de atención telefónica y formulario web.
PETICIÓN: Es cualquier solicitud que haga el usuario al prestador del servicio, que se relacione con el servicio que se le presta. Estas pueden ser de interés general, interés particular, petición de información y consulta. (ver Código Contencioso Administrativo).
QUEJA: Es la formalización de una no conformidad en el servicio percibida por el cliente. Normalmente el usuario puede quejarse por: la forma y condiciones en que se le ha prestado el servicio, la actuación de algún funcionario de la entidad que ofrece el servicio.
RECLAMO: Es una solicitud para que la entidad revise, ajuste o modifique los resultados obtenidos por el cliente frente a un servicio requerido por él.
El Servicio de Atención al Ciudadano, brinda información y orientación pertinente y oportuna sobre los servicios institucionales y aquellos que ofertan los sistemas públicos a las personas con limitación visual y sus colectivos, instituciones públicas y privadas y a la población en general.
Para dar respuesta a los requerimientos y satisfacer las necesidades de información de la población y las instituciones, la entidad pone a disposición los siguientes canales de comunicación:
- Presencia: Carrera 13 No 34-91- Bogotá; Oficina de Atención al Ciudadano del INCI, Lunes a Viernes de 8:00 am a 5:00 pm.
- Vía telefónica: A través del teléfono 384 66 66 Extensión 110.
- Número celular:316 -874 10 14
- Correo electrónico: A través del correo aciudadano@inci.gov.co, se da respuesta a las solicitudes. Si se dispone de la información, se responden el mismo día. Cuando se trata de solicitudes realizadas después de las 4:00 p.m., se responden al día siguiente. Si se requiere de la intervención de alguno de los programas, estos tienen tres días hábiles para responder a los ciudadanos y a las entidades.
- Formulario de registro de peticiones, quejas y reclamos: Ingrese aquí su petición, queja o reclamo.
- Consulte su petición queja o reclamo: Consulte aquí su petición, queja o reclamo.
- Redes Sociales: A través de nuestro Facebook y nuestro Twitter .
- Puede comunicarse con nosotros por medio de skype a aciudadano-inci.
Para dar Cumplimiento al artículo 75 de la Ley 1474 de 2011 el Ciudadano puede presentar:
- Denuncia de actos de corrupción.
- Sugerencias para modificar la prestación del servicio.
A través de cualquiera de los medios anteriormente expuestos.