Medidas preventivas para asistencia a personas con discapacidad visual en emergencia ambiental
La Convención sobre los derechos de las personas con discapacidad, en su artículo 11, relacionado con las Situaciones de riesgo y emergencias indica que “los Estados Partes adoptarán, en virtud de las responsabilidades que les corresponden con arreglo al derecho internacional, y en concreto el derecho internacional humanitario y el derecho internacional de los derechos humanos, todas las medidas necesarias para garantizar la seguridad y la protección de las personas con discapacidad en situaciones de riesgo, incluidas situaciones de conflicto armado, emergencias humanitarias y desast


