Una educación inclusiva y no discriminatoria

Para hablar de la no discriminación al derecho a la educación de las personas con discapacidad, es necesario retomar lo promulgado en la Convención de los Derechos de las Personas con Discapacidad (Artículo 24), en donde se establece la necesidad de que los gobiernos de cada país garanticen un sistema educativo inclusivo, que permita que los niños, niñas y jóvenes con discapacidad, accedan al sistema educativo regular en igualdad de condiciones y se den las trayectorias completas en los niveles educativos del sistema; así mismo el sistema educativo debe brindar los apoyos individualizados, los ajustes razonables que los estudiantes requieran de tal manera que faciliten su aprendizaje, esto con miras a hacer efectivo este derecho sin discriminación basándose en la igualdad de oportunidades.
Una educación inclusiva se basa en la superación de toda forma de discriminación cuando la escuela, sus directivos docentes, y docentes, entienden que el derecho a la educación no se puede vulnerar por ninguna razón, cuando comprenden y reconocen que todos sus estudiantes son diversos y aprenden de diferentes formas, cuando transforman sus prácticas pedagógicas de tal manera que se promuevan los procesos de aprendizajes desde la diversidad, cuando reconocen que su formación como docente debe ser continua y acorde con las tendencias educativas.
En Colombia el derecho a la educación está concebido desde un sistema educativo inclusivo sin discriminación en donde las personas con discapacidad tienen el derecho de acceder a la oferta institucional pública o privada existente en cada uno de los territorios en los niveles de preescolar, educación básica primaria y secundaria y educación media cercana a su lugar de residencia, con estudiantes de su edad y a recibir los apoyos y ajustes razonables que requieren de acuerdo con su condición de discapacidad.
Para finalizar es importante reconocer que la educación inclusiva es un proceso en donde todos los actores del sistema educativo deben transformarse. En nuestro país este proceso es liderado por el Ministerio de Educación Nacional; ente rector que reglamentó en el marco de la educación “la educación inclusiva de las personas con discapacidad” (Decreto 14 21 de 2107) y estableció los parámetros y criterios para que las secretarías de educación de las Entidades Territoriales Certificadas establezcan acciones, estrategias y recursos que permitan que las personas con discapacidad accedan al servicio educativo de manera oportuna, con las mejores condiciones de atención y se brinde una educación de calidad para todos.