Proyectos de ley INCI 2020

Este editorial de INCIDigital lo hemos dedicado a los proyectos de ley en que el Instituto Nacional Para Ciegos -INCI viene trabajando, como el proyecto de ley 283 2020 Cámara, sobre la audiodescripción para ciegos; el proyecto de ley 138 de 2019 Senado, sobre la ratificación del Tratado de Marrakech y el proyecto de ley 201 de 2020 Senado, que le da piso jurídico al uso del bastón blanco con extremo inferior rojo para los ciegos.
Estos proyectos han contado con la asesoría del INCI, con el propósito de regular jurídicamente las prácticas cotidianas de los ciegos, como el uso del braille, la lectura con libros digitales y por supuesto, el uso del bastón, que siendo tan antiguas y reiteradas, aún no tienen respaldo para darle estatus jurídico, que se conviertan en prácticas oficiales y que el INCI sea la entidad oficial de los ciegos y la garante para el intercambio internacional de los libros digitales.
De esta manera, me permito enumerar y explicar algunas particularidades de estos proyectos de ley:
1. Proyecto de ley 283 de 2020 Cámara, la audidescripción para ciegos
En la legislación colombiana, encontramos un número importante de normas que nos garantizan el derecho a la información y de paso a la audiodescripción, como la ley estatutaria de discapacidad 1618 de 2013, la ley de acceso a la información para los ciegos ley 1680 de 2013, la ley de transparencia a la información pública 1712 de 2014 y la nueva Ley 1915 de 2018 de derechos de autor y que modifica la ley 23 de 1982, estableciendo la exención del pago de derechos patrimoniales de autor cuando se trate de la adaptación de una obra para personas con discapacidad visual.
El proyecto de ley 283 de 2020 señala que “las emisiones de televisión abierta, la señal local de producción propia en los sistemas por suscripción y los programas informativos, educativos, documentales culturales y de interés general de producción nacional, deben incorporar audiodescripción, para la recepción por personas con discapacidad visual”.
Por otra parte, esta iniciativa establece que “las emisiones de todos los mensajes institucionales de gobierno deberán tener audiodescripción para la total comprensión de las personas con discapacidad visual”.
Por último, el proyecto contempla que se deberá reglamentar en un término de un año, debiéndose determinar las condiciones progresivas de su implementación.
2. Proyecto de ley 138 de 2019 Senado, para ratificar el Tratado de Marrakech
El proyecto de ley 138 Senado tiene el propósito de ratificar el Tratado de Marrakech, para obtener la exención patrimonial en los libros para ciegos, flexibilizando la ley de derechos de autor.
El Tratado de Marrakech busca establecer en las leyes nacionales de derechos de autor, excepciones para personas con discapacidad visual y otras personas con dificultades para acceder al texto impreso, así como permitir y fomentar el intercambio de obras accesibles entre los distintos estados.
Una manera que tienen los ciegos para disfrutar de la información es a través de libros digitales accesibles, por lo cual el INCI puso a disposición la Biblioteca Virtual para Ciegos de Colombia, que tiene muchas ventajas, pues tiene libros en distintos formatos, tiene aplicación propia, las obras están a salvo en la nube y cuenta con textos escolares para los niños y jóvenes ciegos que se encuentran en el sistema educativo.
Es más, en la Organización Mundial de Propiedad Intelectual -OMPI desean que el Instituto Nacional para Ciegos comparta con los países de América Latina la experiencia exitosa de nuestra Biblioteca como modelo a seguir.
Recuerden que ustedes pueden descargar gratuitamente la aplicación Biblioteca INCI y pueden leer en línea, descargar el libro o acceder desde sus computadores por Internet. Este es un verdadero servicio público para los ciegos de Colombia.
3. Proyecto de ley 201 de 2019 Senado, que legaliza el uso del bastón blanco con extremo inferior rojo para ciegos
Por último y no menos importante, he querido escribir sobre el proyecto de ley del bastón blanco para ciegos, que también hemos asesorado desde el INCI.
Es importante que el uso del bastón se reglamente, dado que este este dispositivo no tiene piso jurídico en nuestro entramado normativo. Aunque sea paradójico, no existe una norma que regule su uso.
El único instrumento jurídico que menciona el bastón, es la Convención Internacional sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, la ley 1346 de 2009, que garantiza el uso de dispositivos para la movilidad de las personas con discapacidad visual.
Por todas estas razones, hemos asesorado el proyecto de ley 201 de 2019, que tiene como objeto reconocer e identificar este instrumento como el bastón de identificación y de movilidad para personas con discapacidad visual.
Asimismo, el proyecto de ley establece que esta herramienta será de uso exclusivo para las personas con discapacidad visual. Es decir que las personas que ven no podrán hacer uso de este bastón, porque es distintivo exclusivo de las personas ciegas.
El articulado señala que las Entidades Promotoras de Salud – EPS tendrán la obligación de entregar gratuitamente este apoyo a las personas con discapacidad visual inscritas en el Sisbén.
Igualmente, la iniciativa fija el día 15 de octubre de cada año como fecha de conmemoración nacional de este dispositivo, uniéndonos como país al día internacional.
Por último, todas las autoridades del Estado colombiano, incluidas las de Policía, deberán permitir el uso del bastón blanco con extremo inferior rojo a toda persona con discapacidad visual.
Cabe recordar que desde el Instituto Nacional para Ciegos-INCI conmemoramos el día del bastón blanco para ciegos cada 15 de octubre, por lo que hemos elaborado un video con animación digital, hemos elaborado un pendón de Gastón y hemos apoyado la elaboración del proyecto de ley 201 de 2019.