Mi Constitución está bien, gracias, pero continuaré y así todas y todos deberíamos continuar preservándola y vigorizándola

Imagen, Constitución política de Colombia
Numero edicion
Edición Número 129

Seguramente hemos podido o leído acerca de la constitución atlética o la constitución decrépita de una persona, esto se refiere al estado físico, y marca la diferencia entre una buena condición   o todo lo contrario, la constitución física es algo que heredamos de nuestros padres, pues se trata de una cuestión genética que apenas podemos modificar, pues nuestro cuerpo tiene una predisposición u otra, se trata de las formas de las personas, en esta constitución física que incluyen sus estructuras anatómicas, las moléculas, células, neuronas, plaquetas, glóbulos, proteínas, aminoácidos, enzimas, hidrógeno, oxígeno, carbono, nitrógeno entre otros complejos componentes que van desde el ADN o ácido desoxirribonucleico pasando por el mapa genético, múltiples sistemas o la elemental distribución de cabeza, tronco y extremidades que constituyen el maravilloso cuerpo humano.

No necesitamos ser médicos en sus innumerables especialidades o complementarios como bacteriólogos, químicos, bioingenieros o expertos en la nanorobótica para interesarnos en sus funciones más básicas o al menos saber si estamos bien o detectar o sospechar de alguna anomalía, es sencillamente valorar, apreciar o querer nuestro organismo, este símil, pretendo aproximarlo a la imperiosa necesidad de al menos conocer acerca de la Constitución Política de nuestro país, en términos simples de nuestro común amigo el Dr. Google “una constitución es un texto codificado de carácter jurídico-político, surgido de un poder constituyente, que tiene el propósito de constituir la separación de poderes, definiendo y creando los poderes constituidos (legislativo, ejecutivo y judicial) que anteriormente estaban unidos o entremezclados”.

Investigando más para sustentar el presente artículo pues no soy abogado ni mucho menos constitucionalista encontré que la Constitución define sus respectivos controles y equilibrios, además, es la ley fundamental de nuestro Estado, con rango superior al resto de las normas jurídicas, fundamentando todo el ordenamiento jurídico, que incluye el régimen de los derechos y libertades de los ciudadanos, también delimitando los poderes e instituciones de la organización política, se tiene como costumbre añadir normas ajenas a la regulación del poder político, dependiendo de la ideología, tales como los fundamentos del sistema económico.

La Constitución no constituye al estado o la nación, debido a que ambos ya son hechos anteriores constituidos. En ciencia política los estados que tienen separación de poderes se la añade el término «constitucional» a su forma de estado (como es el caso de la monarquía constitucional o la república constitucional). En el uso cotidiano del término, se llama Constitución a todas las leyes supremas de los Estados aunque no cuenten con separación de poderes. También se usa como sinónimo Carta Magna, en referencia a un tratado de paz de 1215; con el propósito de compartir esta básica información y en el marco de la celebración de los 30 años de nuestra Constitución desde el mes de febrero todos los sábados y en repetición los domingos a las 10:00 am en el Programa Radial Acción Ciudadana que se trasmite por nuestra www.inci.gov.co/inciradio y contando con la valiosa colaboración de expertos para facilitar esta misión.

Entre ellos el Dr. Carlos Alberto Parra Dussan, Abogado Constitucionalista, Director del INCI, ex Catedrático de la Universidad del Rosario, ex delegado ante la Convención de la Naciones Unidas para los derechos de las Personas con Discapacidad, actual Investigador Senior, Coordinador de la Comisión de Derechos Humanos y Catedrático de la Universidad Sergio Arboleda, el Dr. Camilo Gonzalez Posso exministro de Estado y actual Director de INDEPAZ (Instituto de Estudios del Desarrollo Económico y Social para la Paz) y el Dr. Armando Novoa García exmagistrado del Consejo Nacional Electoral, expresidente de la Comisión Nacional Legislativa que fue la transición entre la Asamblea Nacional Constituyente y el congreso que inauguró la nueva Constitución y actual Director del Centro de Estudios Constitucionales y a partir de esta semana se suma la Dra. María Teresa Garcés exmagistrada de la Corte Suprema de Justicia y una de las cuatro mujeres que participaron en la Asamblea Nacional Constituyente integrante de la Comisión Jurídica y Coordinadora de la Comisión Redactora de la Constitución Política de Colombia.

Con estos destacados profesionales continuaremos conociendo y reconociendo nuestra Carta Fundamental que consta de 13 títulos, 380 artículos y 67 artículos transitorios que regulan los derechos y deberes de los ciudadanos (principios fundamentales; derechos, garantías y deberes; habitantes y territorio; participación democrática y partidos políticos) cada una   de   ellas   forma parte, a su vez de tres piezas fundamentales: la dogmática, la orgánica y la de la reforma, destacándose nuestros consabidos artículos 13 donde se consagra el derecho a la igualdad y se reconoce la condición de especial protección por parte del Estado para las personas con discapacidad, el articulo 47 sobre las políticas públicas para la prevención , rehabilitación e integración social, el articulo 54 que determina nuestro derecho al trabajo y el artículo 68 que establece nuestro derecho a la educación.

Estos fueron producto de un juicioso ejercicio de participación ciudadana que incluyo foros, encuentros con grupos focales entre otras actividades que fueron sustanciadas y redactadas entre otros por el Doctor Hernando Pradilla Cobos, Carlos Horacio García y Mauricio Velandia, luego de la radicación debo reconocer la buena voluntad y el humilde pero efectivo trabajo como “patinador” y gestor por las diferentes comisiones del fallecido Marcos Chalita Velázquez, como nuestro documento fue acogido por los co-presidentes Álvaro Gómez Hurtado, Horacio Serpa Uribe y Antonio Navarro Wolff que para entonces recientemente vivía su condición de discapacidad por un atentado, Aida Avella y María teresa Garcés quienes vigilaron se incluyera en la redacción definitiva y Otty Patiño quien la defendió permanentemente como simpatizante de nuestra causa, dicho sea de paso y como parte de mi testimonio con este último personaje establecimos una especial amistad siendo el padrino de bautizo y confirmación de mi hijo Julián Yamid Villamizar León.

Los cuatro artículos constitucionales mencionados han sido la base o soporte de todo el océano de leyes, decretos, acuerdos, ordenanzas, resoluciones y cuanta norma existe en la que navegan nuestros anhelos y muchas veces que ahogan nuestras ilusiones, pero sobre todo es el terreno fértil para continuar sembrando la semillas para el fruto que es el futuro donde viviremos y vivirán las futuras generaciones durante el resto de nuestras existencias; en este contexto la tarea del INCI será además de proseguir en el cumplimiento de su misión, visión y planeación estratégica propiciando nuestro bienestar y buen vivir posicionando nuestra comunidad y sus búsquedas sociales en la agenda pública asesorando al Estado y a los legisladores para el advenimiento de más y mejores posibilidades y oportunidades para nuestra comunidad, por mi parte desde el equipo de gestión interinstitucional apoyare esta común tarea y desde el Programa Radial Acción Ciudadana movilizare la ruta Constitucional por la paz la justicia y la equidad y con todas y todos ustedes podremos ponerle alas a nuestros sueños y tren de aterrizaje a nuestras realidades manifestando que: mi constitución está bien, gracias pero continuaré y así todas y todos deberíamos continuar preservándola y vigorizándola.
 

Autor
Descripción

Fotografía, Nelson Julián Villamizar

Nelson Julián Villamizar
Integrante del Equipo de Gestión Interinstitucional del INCI.

Tema