Inclusión laboral para personas con discapacidad

Como lo expone la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, la discapacidad es el resultado de la interacción entre las personas con deficiencias y las barreras que surgen por la actitud y el entorno en el que se desarrollan estas relaciones, lo que evita que las personas con discapacidad puedan participar plena y efectivamente en todos los ámbitos de la sociedad en igualdad de condiciones.
Bajo esta concepción, a través de diferentes instrumentos jurídicos se ha buscado que las empresas privadas y públicas cuenten en sus nóminas con personas con discapacidad, lo cual se ha convertido en una nueva visión para las líneas de negocios que han venido explotando nuevos productos y servicios que van orientados a todas las personas y sus diferencias.
En materia laboral, las personas con discapacidad no pueden verse de manera fragmentaria, bajo una visión sesgada que reduce sus capacidades a las cosas que no pueden hacer, desconociendo las cosas que sí pueden hacer y que pueden llegar a tal punto de perfección, siendo inclusive mejor de lo que se consideraría el desempeño de una persona apta.
En ese orden, bajo los beneficios tributarios de la Ley 31 de 1997 y 1429 de 2010, mencionaré algunas normas relevantes de este último año con un resumen de lo que, en la práctica, buscan para fortalecer la inclusión laboral de las personas con discapacidad:
Decreto 2011 del 30 de noviembre de 2017.
Objeto: Regula el porcentaje de vinculación laboral de personas con discapacidad en el sector público.
Resumen: Con este decreto se busca que en las entidades del sector público una parte de los funcionarios sean personas con discapacidad, estableciendo unos porcentajes a 2019, 2023 y finalmente 2027, cuando la norma requiere:
- Entidades públicas con menos de 1.000 empleados deben tener el 4% con participación de personas con discapacidad.
- Entidades públicas entre 1.001 y 3.000 empleados deben tener el 3% con participación de personas con discapacidad.
- Entidades públicas con más de 3.001 empleados deben tener el 2% con participación de personas con discapacidad.
Decreto 392 del 26 de febrero de 2018.
Objeto: Crear incentivos en procesos de contratación en favor de personas con discapacidad.
Resumen: Importante en materia contractual, pues los proponentes que participen en procesos de licitaciones públicas y concursos de méritos podrán obtener un 1% del total de puntos si acreditan la vinculación de trabajadores con discapacidad en su planta de personal de la siguiente manera:
- Entre 1 a 30 empleados debe tener 1 persona con discapacidad.
- Entre 31 a 100 empleados debe tener 2 personas con discapacidad.
- Entre 101 a 150 empleados debe tener 3 personas con discapacidad.
- Entre 151 a 200 empleados debe tener 4 personas con discapacidad.
- Más de 200 empleados debe tener 5 personas con discapacidad.
La norma para asegurar el cumplimiento de este requisito permite al supervisor del contrato verificar durante su ejecución que se mantenga el número de trabajadores con discapacidad mínimos exigidos por esta norma.
Antes de finalizar, quiero recordar el programa ÁGORA Colombia, que tiene como objetivo fundamental mejorar la empleabilidad y productividad de las personas ciegas o con baja visión a través de la formación para el trabajo, la orientación y promoción laboral, así como el apoyo a iniciativas productivas.
En Colombia, desde el año 2009, el programa se desarrolla gracias al convenio en el que actúa el Servicio Nacional de Aprendizaje SENA como socio ejecutor, el Instituto Nacional para Ciegos - INCI como socio local y la Fundación ONCE para América Latina FOAL de España. En ese orden, pueden acceder a los beneficios dirigiéndose a cualquier Agencia Pública de Empleo del SENA y solicitar a un orientador ocupacional o a un líder de población vulnerable que le indique cómo participar en el programa ÁGORA.
Por último, el INCI ya cumplió con creces la meta propuesta por el Gobierno a 2027, por lo que quiero agradecer y enaltecer al equipo de personas con discapacidad que día a día nos acompañan y nos demuestran que la discapacidad no se traduce en limitación para el trabajo:
Funcionarios
Carlos Parra Dussan (Director general)
Luisa Fernanda Moreno (Operaria calificada)
María Marlen Serrano (Operaria calificada)
Diana Marcela Parra (Auxiliar administrativo)
John Jairo Jiménez (Técnico operativo)
Alejandro Pabón (Técnico operativo)
Hermes Armando Cely (Técnico administrativo)
Pedro Andrade (Profesional universitario)
Santiago Rodríguez (Profesional especializado)
Contratistas
Nelson Julián Villamizar
Luis Carlos Villamizar Navarro
Fernando Lancheros Beltrán
Henry Narciso Ovalle Forero
Claudia Liliana Chávez Jarro
Edgar Camilo Castillo González
Freddy Alexander Grajales Salinas
Oscar Saúl Cortes Cristancho
Luis Fernando Navarro Rojas
Autor:
Alberto Miguel Peña
Oficina Asesora Jurídica
Instituto Nacional para Ciegos - INCI