El INCI y el Decreto 1421 en el país

En este artículo de la Revista INCIDigital, quiero hablar sobre el Foro Internacional de Inclusión y Equidad en la Educación, que se realizó el pasado 11, 12 y 13 de septiembre en la ciudad de Cali, con el apoyo del Ministerio de Educación Nacional, la UNESCO y muchos invitados extranjeros.
Como es sabido, el Gobierno Nacional con la participación del INCI, reglamentó el artículo 11 de la Ley 1618 de 2013 con el Decreto 1421, en el que el Ministerio de Educación Nacional fomenta el acceso y la permanencia educativa con calidad para las personas con discapacidad, garantizando la educación inclusiva.
En este sentido, en la Ley Estatutaria de Discapacidad 1618 de 2013, dejamos explícito que el Ministerio de Educación Nacional definirá la política y reglamentará el esquema de atención educativa a la población con necesidades educativas especiales, garantizando atención educativa integral a la población con discapacidad.
Por esta razón, el Gobierno aprobó el Decreto 1421 de 2017 reglamentario de la Ley 1618, estableciendo la ruta, el esquema y las condiciones para la atención educativa a la población con discapacidad en los niveles de preescolar, básica y media.
El decreto cubre únicamente a las personas con discapacidad, pues reglamenta el artículo 11 de la Ley 1618, por tanto, no abarca ni la categoría general de Educación Inclusiva, ni la población con capacidades y talentos excepcionales, para quienes sigue aplicándose lo establecido en el Decreto 1075 de 2015, que compila el Decreto 366 de 2009.
La oferta educativa inclusiva que garantiza este decreto, es la oferta general, la oferta de lengua de señas, oferta hospitalaria/domiciliaria y la formación de adultos.
Asimismo el Decreto 1421 de 2017, establece que el Ministerio de Educación debe fijar los lineamientos normativos, administrativos, pedagógicos y técnicos para la educación inclusiva en los diferentes niveles educativos.
El énfasis del decreto se centra en una perspectiva pedagógica cuya pregunta esencial ya no es ¿cuál es la discapacidad? o ¿qué no puede hacer el estudiante?, dichas preguntas se transforman en ¿cuáles son las potencialidades que tiene el estudiante? y ¿cuáles son sus particularidades para que podamos ajustar el proceso de enseñanza y aprendizaje?.
El INCI tiene un papel muy importante con la asistencia técnica, ya que el objetivo de la educación inclusiva o educación para todos es que los estudiantes con discapacidad participen y aprendan con los demás estudiantes de su edad en los mismos espacios y actividades, por lo que será el docente de aula quien se encargue de realizar los diseños y adecuaciones que considere pertinentes y para ello, recibirá la asesoría del docente de apoyo.
El decreto concibe a la familia como un actor clave, en el marco de la corresponsabilidad, para la atención educativa a las personas con discapacidad.
Estas son tan solo algunas características del Decreto 1421 de 2017 y la función del INCI, que los invito a leer, para que dimensionen la importancia de la educación inclusiva en el país.
La política y el decreto de inclusión a las personas con discapacidad hacen parte del marco normativo que rige las condiciones para la prestación del servicio educativo, y por tanto es de carácter obligatorio para los establecimientos educativos, las secretarías de educación, los docentes, directivos docentes y las familias.
En conclusión, con el Decreto 1421 de 2017, el Gobierno fortalece la educación inclusiva de las personas con discapacidad en todo el país, cumple reglamentando la Ley Estatutaria de Discapacidad 1618 y ajustándose a la Convención de Discapacidad de la ONU.