El INCI cumple con las cuotas laborales para la discapacidad

El pasado 30 de noviembre de 2017, el Gobierno Nacional expidió el Decreto 2011, que garantiza la cuota de empleos públicos para personas con discapacidad.
Este decreto se justifica, ya que la población con discapacidad tiene altos índices de desempleo y pobreza, bajos niveles de estudio y sus familias tienen bajo desarrollo económico y de infraestructura de servicios públicos, salud y educación.
Era necesaria esta norma por un sentido de justicia y equidad porque el país cuenta con una población de dos millones seiscientos mil personas con discapacidad, que representan el 6,3% de la población colombiana según el Censo de 2005, y que al día de hoy tiene una tasa de desempleo de casi el 90% de su población.
El objeto del Decreto 2011 de 2017 es establecer el porcentaje de vinculación laboral de personas con discapacidad en las entidades del sector público. En este sentido, recordemos que el Instituto Nacional para Ciegos-INCI ya cumple con este decreto, pues tiene en su planta de personal el 20% de servidores públicos con discapacidad y la mayoría de contratistas también tiene discapacidad.
El decreto se aplica a los órganos, organismos y entidades del Estado en sus tres ramas del poder público a nivel nacional, departamental, distrital y municipal, en los sectores central y descentralizado y a los órganos autónomos e independientes. Se establecerá un mínimo de cargos que serán desempeñados por personas con discapacidad, de acuerdo con la cantidad de empleos de cada entidad pública.
El decreto establece tres plazos para su implementación, 2019, 2023 y 2027; al igual que tres tipos de entidades según el tamaño de la planta de personal, hasta mil empleados, de mil uno hasta tres mil y de tres mil uno en adelante, porcentajes que se ajustan a estas fechas y tamaño de la planta.
Las entidades deberán efectuar el alistamiento necesario para el cumplimiento de la participación, en términos de la vinculación del porcentaje requerido y de ajustes razonables para la inclusión de esta población.
El Decreto 2011 de 2017 aclara que las disposiciones contenidas en él no afectan al mérito como mecanismo para el ingreso, permanencia, ascenso y retiro de la función pública. También aclara que el porcentaje establecido se podrá cumplir con personas ya vinculadas a la entidad respectiva en cualquiera de los niveles jerárquicos y en cualquier forma de vinculación laboral.
Los organismos deberán reportar al Departamento Administrativo de la Función Pública en el primer bimestre de cada año el cumplimiento del porcentaje de vinculación de servidores con discapacidad, a través del Sistema de Información y Gestión del Empleo Público SIGEP.
De esta manera, el INCI puede asesorar a las demás entidades del Estado para vincular personas con discapacidad, desde luego, cumpliendo con todos los requisitos de ley y el régimen de los servidores públicos, siendo ejemplo de entidad incluyente a nivel nacional.
Lo mejor de este decreto es la gran oportunidad que se abre para las personas con discapacidad para que se preparen y se capaciten para ser nuevos servidores públicos, contribuyendo al crecimiento de nuestro querido país.
Autor:
Carlos Parra Dussan
Director General
Instituto Nacional para Ciegos - INCI