Discapacidad visual y la certificación

El procedimiento de valoración clínica multidisciplinaria, orientado a que las personas con discapacidad en Colombia cuenten con un certificado que les facilite la exigibilidad de sus derechos, el acceso a servicios y beneficios generales y específicos, será posible gracias a lo promulgado en la Resolución 583 de 2018. Sin embargo, lo expresado en su artículo 5 referente a los profesionales que conformarían el equipo interdisciplinario dejó un sin sabor en relación con la certificación de la discapacidad visual, puesto que los profesionales de la salud visual no estaban incluidos dentro de la triada que tendría la tarea de realizar la valoración inherente a la certificación de las personas, que por diversas causas han perdido total o parcialmente la visión.
Las nuevas disposiciones frente al tema, referidas en la Resolución 113 del 31 de enero de 2020, incorpora al optómetra dentro de la triada de profesionales certificadores dejando un parte de tranquilidad, dado que esta acertada decisión, permitirá que sobre todo las personas con baja visión cuenten en su valoración con un especialista experto en las alteraciones del sistema visual, que va más allá de un diagnóstico, puesto que el grado de funcionalidad de las personas que presentan esta condición, es particular.
Lo anterior por supuesto implica nuevos retos en lo relacionado con lo operativo de la certificación, porque si bien el proceso parte de una libre decisión y auto reconocimiento de la persona con discapacidad, son los entes rectores de salud en los territorios los garantes del proceso de certificación, siendo necesaria la validación de la documentación requerida como la historia clínica, que contemple el “diagnóstico CIE10” o Clasificación Internacional de Enfermedades y la remisión al equipo certificador, punto donde se amplía el reto para la certificación en baja visión, dado que si bien el número de optómetras en el territorio colombiano ha aumentado considerablemente, existen zonas del país que no cuentan con este recurso o es limitado.
Por lo anterior, se debe establecer y difundir el ABC del proceso para que las personas con discapacidad visual tengan todas las garantías en pro de la certificación de su condición y posterior inclusión en el Registro de Localización y Caracterización de Personas con Discapacidad – RLCPD, cuya información es fundamental para la toma de decisiones y la construcción de Políticas Públicas orientadas a la garantía de derechos de esta población en Colombia.