BUZÓN INCI

Fotografía, Publicaciones en braille para niños
Edición Número 369

Las dudas e inquietudes que llegan a través de las redes sociales del INCI, Facebook INCI Colombia, Twitter @INCI_Colombia y al correo aciudadano@inci.gov.co; las compartimos en IN-Pulso:

Diana Walteros Acero pregunta al INCI: Buenos días, ¿dónde puedo encontrar asesoría para la certificación de discapacidad visual de mi hija?

INCI Responde: De acuerdo a la Resolución 113 del Ministerio de Salud en su artículo 8, señala que “la persona interesada en realizar el procedimiento de certificación de discapacidad o excepcionalmente, su representante, según lo establecido por el artículo 6 de esta resolución, lo solicitará ante la Secretaría de Salud Distrital o Municipal de su lugar de residencia, allegando la historia clínica que incluya tanto el diagnóstico (CIEO) relacionado con la discapacidad, emitido por el médico tratante del prestador de servicios de salud de la red de la EPS a la que se encuentre afiliado el interesado, como los soportes de apoyo diagnóstico.

La secretaría de salud verificará que la historia clínica contenga la información a que refiere el artículo anterior y en tal evento, expedirá la orden para la realización del referido procedimiento, dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la solicitud e indicará la red de IPS por ella autorizada y los datos de contacto para la asignación de citas.

En orden se debe especificar:
-Si se requiere que la consulta por equipo multidisciplinario de salud sea institucional o domiciliaria, de acuerdo con lo establecido por el médico tratante. Las necesidades de apoyos y ajustes razonables, cuando el médico tratante las haya establecido, de acuerdo con la siguiente clasificación:
-Movilidad:
a) Comunicación y acceso a la comunicación
b) Persona de apoyo