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| Trámites y Servicios
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Acorde con los principios de transparencia administrativa y eficiencia de la función pública, y, paralelamente, dando cumplimiento a la Agenda de Conectividad, la página Web del INCI ofrece a todos los ciudadanos la posibilidad de efectuar los trámites y servicios que requieran de la entidad y que estén dentro de su Misión Institucional. En esta opción encontrará los formatos para ser diligenciados según su requerimiento específico, los cuales serán respondidos por los funcionarios responsables del tema, o temas en cuestión.
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Asesoría en Proyectos de Investigación dirigidos a la población limitada visual |
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Descripción: Si usted es el representante legal de Centros de Investigación, Universidades y entidades competentes y requiere asesoría para la promoción, producción y socialización de conocimientos sobre la limitación visual y la prevención de la ceguera, debe solicitarla en la sede central del Instituto Nacional para Ciegos-INCI.
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Requisitos y documentos necesarios para el trámite: Solicitud por escrito de la Entidad describiendo el tema de interés. Si es una Universidad, especificar si es solicitud de participación en convocatorias ó si se trata de asesoría especificar el tema. Si se trata de asesoría a investigadores ó a estudiantes, indicar el tema, el Director de Tesis, el compromiso para socializar el proceso y el resultado final de la investigación.
Acreditar ser Entidad de investigación o de Educación superior.
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Pasos a seguir: 1. Solicitud de la Asesoría
2. Recibir Asesoría acorde a la programación del INCI
¿Dónde puedo realizar este trámite?
Por correo normal a la carrera 13 # 34-91 Bogotá
-Por correo electrónico subdireccion @inci.gov.co
-Por fax 232 90 76 Lunes a Viernes de 7:30 am 12:00 m 1:00 pm 5:15 pm
-Por página web www.inci.gov.co
¿Cuál es el resultado de este trámite?
Se informa la fecha y hora concertada para brindar la Asesoría.
Si no se encuentra programada se sugiere a la entidad cubrir los gastos de viaje y alojamiento de los funcionarios INCI (fuera de Bogotá)
¿Puedo hacer seguimiento al resultado del trámite?
-Por correo electrónico subdireccion @inci.gov.co
-Por vía telefónica 570 15 55 ext 203 ó 404 Lunes a Viernes de 7:30 am 12:00 m 1:00 pm 5:15 pm
¿Cuál es la normatividad que regula este trámite?
Ley 29 1990
Constitución Política de Colombia 1991
Decreto 1006 2004
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