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Historia
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En Colombia las primeras experiencias de trabajo con personas limitadas datan de los años veinte cuando en un país semidespoblado, rural y artesanal, con fuertes influencias religiosas, la idea de tratar a los ciegos y a los sordos era ante todo asistencial y caritativa. En el año de 1938, se creó mediante la ley 143 la Federación Nacional de Ciegos y Sordomudos que propendía por crear escuelas, barrios, imprentas, bibliotecas, casas de trabajo, salacunas, asilos, campañas contra la mendicidad y comités de prevención de la ceguera.
Esto significó en su momento un progreso frente al tratamiento anterior pues se buscaba crear mejores condiciones materiales para los ciegos y sordomudos, y que dejaran de ser mendigos para convertirse en hombres de trabajo; sin embargo comenzaron a notarse problemas técnicos al agrupar en un solo organismo a individuos de tan distinta índole, razón por la cual el Decreto Ley 1955 de 1955 disolvió la nombrada Federación y en su reemplazo dio vida al Instituto Nacional para Ciegos INCI y el Instituto Nacional para Sordos.
El Artículo 4 del Decreto antes mencionado colocó estos Institutos bajo el control y vigilancia del Ministerio de Salud Pública y la inspección del Ministerio de Educación Nacional. Lo anterior fue un buen avance pero por razones de orden público sólo con el Decreto 1995 de 1966 se definió el perfil del INCI como un 'Instituto de utilidad común, organismo autónomo, de carácter técnico y administrativo, no de beneficiencia' Mediante la reforma administrativa de 1968 con el objetivo de 'Lograr la ordenación racional de los distintos servicios y preservar la uniformidad técnica' el Decreto 2156 de 1972 clasificó al INCI como establecimiento público, adscrito al Ministerio de Educación Nacional y precisó sus actividades, como rectoras, técnicas, investigativas, de fomento y, dentro del proceso de descentralización comenzaron a operar las primeras regionales del INCI.

En estas nuevas condiciones estatutarias, dada la casi inexistente oferta global de prestación de servicios especiales a los invidentes y limitados visuales, el INCI comienza entonces en forma empírica a tratar de satisfacer estas necesidades. Con la reforma estatutaria por el Decreto 577 de 1979 este proceso se acentúa y refina con ayudas técnicas y científicas a partir de la década de los ochenta, llegando a observar casi por completo la actividad total del INCI pero, dado su escaso presupuesto la cobertura sólo cobija al 0.8% de la población invidente y limitada del país que según proyecciones de la Organización Mundial de la Salud para Colombia era de 300.000 en 1984, sin tener en cuenta circunstancias especiales como la violencia, la alta accidentalidad, los problemas de nutrición, la herencia genética del glaucoma en la raza negra, que en nuestro país aumentan esta cifra. La población de alto riesgo por vicios de refracción calculado en una investigación de la Universidad de la Salle es de un 36% y casi no existe información sobre los niveles de prevención.

 
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